MATRIMONIO.

PAREJA DE HECHO, ¿CUÁLES SON SUS DIFERENCIAS?

El Matrimonio, “la unión estable y permanente de dos personas del mismo o diferente sexo”, para que se haga efectivo debemos de registrarlo en el Registro Civil.

La Pareja de Hecho definido como “la unión libre, pública y estable de dos personas con independencia de su orientación sexual, siempre que guarden entre sí una relación de afectividad análoga con el matrimonio, siendo incompatible con cualquier matrimonio de los convivientes”, deberemos de inscribirnos en el registro de pareja de hecho de la comunidad autónoma.

Aunque son ambas figuras parecidas, existen importantes diferencias.

  1. Régimen Económico.

En el matrimonio, los cónyuges tienen determinado su régimen económico matrimonialganancialesseparación de bienes o partición. En la pareja de hecho no existe ningún régimen económico matrimonial a excepción de que acudan a Notaria para otorgar en Escrituras las bases de su régimen económico.

  1. Disolución del matrimonio o pareja de hecho.

El matrimonio se da por terminado cuando uno de los cónyuges fallece, o divorcio.  Para las parejas de hecho es simplemente necesario informar  al registro de parejas de hecho.

  1. Pensión de Viudedad.

En el matrimonio siempre tiene derecho a la misma, sin embargo en las parejas de hecho, es necesario estar registrada mínimo dos años antes del fallecimiento, y haber convivido durante los cinco años previos. Además, el cónyuge vivo tiene que demostrar que sus ingresos no superan el límite fijado por cada Comunidad Autónoma.

4.Herencias.

En el caso de matrimonio, si fallece uno de los miembros del matrimonio el otro tiene derecho hereditario. En las parejas de hecho no hay regulación al respecto a nivel estatal. A nivel autonómico, hay Comunidades Autónomas que equiparan a la pareja de hecho con el cónyuge viudo, otras que reconocen determinados derechos a la pareja sobreviviente y otras que carecen de normativa alguna al respecto. En definitiva, es aconsejable que las parejas de hecho otorguen testamento para garantizar los derechos hereditarios de la pareja.

 

 

Derecho de Familia

1 de Marzo 2022