EL DESPIDO, SUS CLASES

Un despido se trata de la decisión unilateral por parte del empresario por la cual se finaliza la relación laboral con el empleado.

¿Qué tipos de despidos existen?

  1. El Despido Objetivoes aquel que se origina por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifique la empresa. Siendo este tipo de despido causa imputable a la empresa no al trabajador.
  2. El Despido Disciplinario, se produce a consecuencia del comportamiento grave y culpable del trabajador. 
  3. El Despido Colectivo, se produce cuando se despide a un número considerable de trabajadores en una empresa por causas objetivas, principalmente de producción, falta de empleo. 

¿Qué tengo que hacer si no estoy conforme con mi despido?

Si eres despedido debes saber que contaras con un plazo de 20 días para impugnarlo judicialmente, a partir de la fecha efectiva de despido que le hayas indicado en la carta. A partir de aquí los pasos seguirás son en un primer momento la presentación de la papeleta de conciliación y si no se ha llegado a un acuerdo, el acto del juicio. Será el juez el que valorará las pruebas que aporten las dos partes y dictaminará uno de los siguientes resultados:

 

  • Despido Procedente, se da cuando concurre una causa justificativa ya sea por un despido disciplinario u objetivo. En el caso de los despidos disciplinarios el trabajador no percibirá ningún tipo de compensación, mientras que en los despidos por causas objetivas la indemnización será de 20 días de salario por cada año trabajado. 
  • Despido improcedente, se da cuando no existen causa de despido alguna o cuando éstas no se pueden acreditar. La indemnización será de 33 días por año trabajado (45 días por los años trabajados con anterioridad al mes de febrero de 2012).
  • Despido nulo, si se demuestra que se realizó por razones de discriminación o vulneración de derechos fundamentales. Este tipo de despido tiene como consecuencias: La reincorporación inmediata del trabajador y  el pago de los salarios de tramitación, que son los salarios que le corresponden por el tiempo que no ha estado trabajando desde la fecha de despido hasta la fecha de la sentencia.

 

 

 

 

Derecho Laboral

22 de Febrero 2022